Estimados Socios:

En relación a la circular enviada el viernes 22 de octubre 2021 sobre los operativos de la Dirección de Protección al Consumidor, nos permitimos solicitarles tomar nueva nota de que su proveedor de servicios de calibración de dispensadoras tiene que estar certificado en la Secretaría de Energía, que es el ente regulador para estos temas, según el Artículo 04 del Acuerdo SEN 001-2020.

Importante recalcar que la recomendación técnica y por norma es que para evitar pérdidas a la estación gasolinera, la calibración debe efectuarse como mínimo cada tres meses, teniendo a la vista la documentación de soporte.

Recordamos también  verificar que los precios de los combustibles estén exhibidos en bomba, que el área de venta de cilindros de gas GLP esté rotulada con el precio respectivo y que los diferentes productos en las tiendas de conveniencia cuenten con el precio y su registro sanitario.

Se les recomienda supervisar periódicamente para evitar sanciones.

Estamos para servirles.

¡Todos somos AHDIPPE!

Saraí Silva
Gerente General