Estimados socios,


Nos permitimos enviarles el Decreto 178-2020 con el cual se reforman los artículos 28, 33 y 34 de la Ley de Auxilio al Sector Productivo y a los trabajadores ante los efectos de la Pandemia COVID 19


Haciendo especial énfasis en el artículo 1 donde indica que una vez finalizada la vigencia de la Emergencia Sanitaria Nacional o cuando la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social (STSS), acuerde la habilitación de los días y plazos correspondientes se debe presentar en tiempo y forma, el escrito de Solicitud de Autorización para la Suspensión de Contratos de Trabajo.


Atentamente,


Saraí Silva
Gerente General